El Cambio Climático es el mayor reto del Siglo XXI de la humanidad, razón por la cual las Naciones Unidas han decidido hacer frente y tomar acción generando Objetivos de Desarrollo Sostenible a través de la Agenda 2030; en ese sentido México en 2012 publicó la Ley General de Cambio Climático, así como la creación de un Sistema Nacional de Cambio Climático e instrumentos de políticas públicas que coadyuven a los Estados en la toma de decisiones en la materia.
Atendiendo lo establecido en la Ley General de Cambio Climático, el INEGI en coordinación con INECC y SEMARNAT desarrollaron el Sistema de Información sobre Cambio Climático (SICC) que integra, actualiza y pone a disposición del público información estadística, geográfica y de indicadores sobre cambio climático, clima, ecosistemas, recursos hídricos, etc.
En diciembre de 2016, en el marco de la 2a Sesión Ordinaria de la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático, se aprobó la incorporación de INEGI como invitado permanente y, ante el pleno, se presentó el Sistema de Información sobre Cambio Climático (SICC) y se tomó el acuerdo de que los integrantes revisarán las estadísticas que puedan contribuir para alimentar el Sistema.
Por su parte, el Estado de México en su Ley de Cambio Climático establece en su artículo 10, fracción VIII, que el Instituto Estatal de Energía y Cambio Climático debe integrar el Subsistema de Información Estatal sobre Cambio Climático. Dicho subsistema estará integrado por información estadística, geográfica y espacial en materia de cambio climático de la Entidad, a través de un portal web interactivo, con la finalidad de contribuir a la mitigación y adaptación de este mediante la creación de herramientas que fortalezcan la toma de decisiones.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reformada el 20 de diciembre de 2019.
Artículo 6º. El derecho a la información será garantizado por el Estado.
A. I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial%u2026 es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad%u2026
Ley General de Cambio Climático, reformada el 13 de julio de 2018.
Artículo 8º. Corresponde a las entidades federativas en materia de cambio climático las siguientes atribuciones:
VIII. Fomentar la investigación científica y tecnológica, el desarrollo, transferencia y despliegue de tecnologías, equipos y procesos para la mitigación y adaptación al cambio climático.
Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024
2. Política Nacional. Desarrollo Sostenible:
El gobierno de México está comprometido a impulsar el desarrollo sostenible, que en la época presente se ha evidenciado como un factor indispensable del bienestar. Se le define como la satisfacción de las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades. Esta fórmula resume insoslayables mandatos éticos, sociales, ambientales y económicos que deben ser aplicados en el presente para garantizar un futuro mínimamente habitable y armónico.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Artículo 5°. El derecho a la información será garantizado por el Estado.
I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de interés público y seguridad, en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad.
Ley de Cambio Climático del Estado de México
Artículo 10°. El Instituto Estatal de Energía y Cambio Climático es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado a la Secretaría, que tiene por objeto promover el fortalecimiento de capacidades institucionales y sectoriales para enfrentar al cambio climático, mediante el desarrollo de investigación científica y tecnológica en materia de cambio climático, eficiencia energética y energías renovables, en el ámbito de competencia estatal, y tendrá las siguientes atribuciones:
VIII. Integrar el Subsistema de Información, y presentarlo a la Secretaría para su incorporación al Sistema Estatal de Información Pública Ambiental.
Artículo 17°. La Comisión Intersecretarial de Cambio Climático tendrá las siguientes funciones:
V. Recomendar la integración de información de las diferentes dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, al Subsistema de Información.
Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023
Pilar: Territorial
Objetivo 3.2: Adoptar medidas para combatir el cambio climático y mitigar sus efectos
Estrategia 3.2.5: Vincular y gestionar los instrumentos de planificación para minimizar los efectos del cambio climático.
De acuerdo con Damman G. (2008), es importante elaborar modelos de sistemas de información y alerta temprana que permitan prepararse ante los nuevos escenarios del cambio climático ya que, a partir de lo dicho líneas arriba, el acceso y uso de información y conocimientos apropiados por parte de la población y de las instituciones locales es fundamental para evaluar los cambios y las situaciones de riesgo (análisis de los distintos factores de la vulnerabilidad, amenazas y capacidades) a fin de orientar y tomar decisiones informadas y adecuadas, adaptarse a situaciones cambiantes y, en consecuencia, reducir la vulnerabilidad de la población.
Como se mencionó anteriormente, el Instituto Estatal de Energía y Cambio Climático tiene como atribución la elaboración del Subsistema de Información Estatal de Cambio Climático. Esto con el fin de poner a disposición del público en general información estadística, geográfica y espacial en materia de cambio climático del Estado de México, a través de un portal web interactivo, con la finalidad de contribuir a la mitigación y adaptación de este mediante la creación de herramientas que fortalezcan la toma de decisiones.
Cabe mencionar que existe información valiosa de diferentes dependencias que tiene relación de manera directa e indirecta con el cambio climático y se encuentra dispersa, por lo que se busca concentrar y nutrir con la mayor información posible el Subsistema y así complementar la información de cambio climático con una perspectiva multidisciplinar y multisectorial.
Como cumplimiento a la Ley General de Cambio Climático, el INEGI en coordinación con INECC y SEMARNAT desarrollaron el Sistema de Información sobre Cambio Climático (SICC) que integra, actualiza y pone a disposición del público información estadística, geográfica y de indicadores sobre cambio climático, clima, ecosistemas, recursos hídricos, etc.